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¿Qué supone para el e-learning la Directiva Europea de Accesibilidad?

¿Cumple su plataforma de e-learning la Directiva Europea de Accesibilidad? Empiece a informarse aquí.

mayo 20, 2025 by Amy Foxwell

La Directiva Europea de Accesibilidad (EAA, por sus siglas en inglés) entrará plenamente en vigor el 28 de junio de 2025.

Esto implica que el mosaico de leyes europeas sobre accesibilidad está a punto de unificarse.

La EAA –conocida técnicamente como Directiva (UE) 2019/882– regula los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios en todo el mercado único de la Unión Europea.

En España, la EAA fue traspuesta en el Título I de la Ley 11/2023, de 8 de mayo, junto a otras Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos. Por simplicidad en este artículo hablaremos de la EAA para referirnos indistintamente a los artículos comunes de la propia Directiva o de la Ley 11/2023. Cuando se haga referencia a los preámbulos, párrafos introductorios y considerandos, se remitirá a la Ley o a la Directiva que los contenga.

Además de los bienes de uso cotidiano, como equipos informáticos y terminales de autoservicio, la EAA también abarca una amplia variedad de plataformas digitales y sistemas de distribución de contenido. Aunque la directiva no mencione explícitamente el e-learning, hay muchas herramientas educativas en línea que pueden agruparse dentro de «servicios», sobre todo cuando implican transacciones digitales o acceso por suscripción. Por eso, las plataformas de e-learning, plataformas de formación (LMS) y herramientas similares deben prestar mucha atención.

¿Qué implica esto para los docentes, administradores y proveedores de plataformas de e-learning? Debemos hacernos dos preguntas clave:

  • ¿Se aplica la EAA a su plataforma de e-learning y herramientas relacionadas?
  • En caso afirmativo, ¿cómo puede conseguir que todas sus actividades de e-learning cumplan plenamente la EAA?

Continúe leyendo para obtener las respuestas. Tenga en cuenta, no obstante, que esta información no pretende actuar como asesoramiento jurídico. Para obtener más información sobre el cumplimiento de la EAA en su zona, consulte a un abogado especializado en la legislación local sobre accesibilidad.

¿Problemas para cumplir los requisitos de la EAA en materia de e-learning? Incorpore a su plataforma la lectura instantánea en voz alta y otras herramientas de asistencia con ReadSpeaker.

¿Abarca la Directiva Europea de Accesibilidad las plataformas de e-learning?

La EAA no menciona el «e-learning» explícitamente, pero hace referencia a una amplia variedad de plataformas digitales y sistemas de distribución de contenido. Las herramientas educativas en línea pueden entrar dentro de estas categorías, y aunque no lo hagan, pueden estar incluidas como «servicios», especialmente los que implican transacciones digitales o servicios por suscripción.

Por eso, los operadores de plataformas de e-learning, plataformas de formación (LMS) y herramientas similares deben prestar mucha atención a la EAA. No entraremos en la cuestión de si le multarán si no cumple la EAA, ya que esto queda fuera del artículo.

En primer lugar, las directivas europeas no son exactamente leyes, por lo que no puede ser sancionado por «incumplir» la EAA. En la Unión Europea, las directivas establecen normas y especificaciones legislativas para los Estados miembros, que aprueban después leyes que cumplen las directrices de las directivas europeas.

Es posible que los requisitos de accesibilidad de su zona sean más estrictos que los de la EAA o hagan referencia a otras legislaciones relacionadas. Dicho esto, el objetivo de la EAA es normalizar la legislación sobre accesibilidad, simplificando el mercado europeo para vendedores y usuarios. Por tanto, la EAA es un buen punto de partida para cumplir con las accesibilidad en cualquier lugar de la UE, y es muy probable que su cumplimiento también se ajuste a las normas locales.

En resumen: si vende herramientas de e-learning, debe hacer todo lo posible para cumplir las normas de la EAA.

La EAA y la certificación CE (Conformité Européenne)

De hecho, puede que, si no cumple la EAA, le resulte difícil operar una plataforma de e-learning en Europa.

CE logo.

Todos los productos y servicios de e-learning deben cumplir las normas de la EAA para obtener la certificación CE. No podrá vender ningún producto en Europa sin la certificación CE. Por tanto, sí, el cumplimiento de la EAA es obligatorio para las plataformas de e-learning que salgan al mercado a partir del 28 de junio de 2025. Además, las herramientas de autor especializadas –y las LMS que funcionan de la misma manera– deberían ayudar a los usuarios a diseñar, organizar y validar contenido digital accesibles desde el principio.

Pero, ¿qué ocurre con los usuarios de estas plataformas, los profesores y los responsables de aprendizaje y desarrollo que dependen del software de e-learning para realizar su trabajo? ¿Tienen que preocuparse por el cumplimiento de la EAA o, para ser más precisos, por el cumplimiento de las leyes locales configuradas en función de la EAA?

La respuesta es algo complicada, pero empieza explicando qué es exactamente lo que la EAA trata de hacer más accesible.

Entender qué se incluye en la EAA

Qué cubre la Ley Europea de Accesibilidad (EAA).

Antes de averiguar si necesita cambiar su enfoque sobre el e-learning, retrocedamos y contextualicemos.

La EAA se aplica a «productos» y «servicios». Entre los productos y servicios concretos enumerados en la EAA se incluyen:

  • Hardware informático
  • Sistemas operativos
  • Terminales de autoservicio para pagos, emisión de billetes y otras tareas
  • Cajeros automáticos
  • Televisores y equipos relacionados
  • Teléfonos y otros equipos de telecomunicaciones
  • Servicios de transporte
  • Servicios bancarios
  • Libros electrónicos y lectores digitales
  • Servicios de comercio electrónico

Observará que el «e-learning» no se menciona explícitamente en esa lista. Pero eso no significa que los docentes implicados en la enseñanza a distancia no se vean afectados por los requisitos de la EAA.

Se debe tener en cuenta que cuando la EAA menciona los libros electrónicos, no se refiere únicamente un formato de archivo que se lee en una tableta. Los textos digitales o «textos electrónicos» dentro de un entorno de e-learning pueden quedar englobados fácilmente dentro de la definición de libros electrónicos de la Directiva, dado que cualquier tipo de contenido digital utilizado por los consumidores –como módulos de cursos o libros de texto en línea– puede interpretarse como material de libro electrónico. En consecuencia, las normas de la EAA sobre la oferta de formatos alternativos, la sincronización de audio y texto y la accesibilidad a la navegación se aplican tanto a materiales de cursos en línea como a libros electrónicos tradicionales.

¿Tienen los usuarios de productos de e-learning obligaciones con respecto a la EAA?

Respuesta corta: sí.

Hemos establecido que los proveedores de plataformas de e-learning –incluidas las plataformas de formación (SGA), el software de evaluación digital y las herramientas de enseñanza en línea– deben garantizar que sus productos cumplen las especificaciones de la EAA.

Pero los docentes que utilizan estas herramientas también tienen una responsabilidad para con la EAA. De acuerdo con el artículo 13 de la EAA:

Los prestadores de servicios garantizarán que diseñan y prestan servicios de conformidad con los requisitos de accesibilidad establecidos en la presente Directiva.

La Directiva define al «prestador de servicios» simplemente como un ciudadano de la UE que presta un servicio. Lo más probable es que eso incluya a los docentes, sobre todo si cobran por sus clases.

Además, la EAA aborda específicamente los «servicios de comercio electrónico», que define como «servicios prestados a distancia, a través de sitios web y servicios para dispositivos móviles, por medios electrónicos y a petición individual de un consumidor…».

Desde luego, eso sí que se parece a las clases en línea que hemos recibido. Además, estos son algunos escenarios adicionales que pueden aplicarse a su manera de utilizar el e-learning:

  • ¿Facilita ordenadores portátiles o tabletas a sus alumnos para que los utilicen en el aprendizaje a distancia? Si es así, esos productos deben cumplir las disposiciones de la EAA.
  • ¿Utiliza libros de texto electrónicos? La EAA establece normas de accesibilidad para los archivos de libros electrónicos y los dispositivos que los alojan.
  • ¿Da clases en el sector público? Eso no le exime de cumplir los requisitos de la EAA. «Las obligaciones de la presente Directiva deben aplicarse igualmente a los agentes económicos de los sectores público y privado», indica el considerando 57 de la Directiva.

Como puede observarse, es probable que todos los integrantes del sector del e-learning tengan alguna responsabilidad en virtud de la EAA, tanto si usted proporciona una LMS como si ofrece cursos en línea o supervisa exámenes digitales. ¿Cuáles son exactamente esas responsabilidades? Dicho de otro modo:

¿cómo garantizan los proveedores de e-learning el cumplimiento de la EAA?

La EAA establece normas de accesibilidad tanto generales como específicas. En primer lugar, los proveedores de plataformas, contenidos y servicios de e-learning deben conocer el enfoque general que defiende la EAA: los principios POUR y el diseño universal.

Principios POUR para la accesibilidad digital en la Directiva Europea de Accesibilidad

Principios POUR para la accesibilidad digital en la Ley Europea de Accesibilidad (EAA).

El considerando 47 del preámbulo de la EAA remite a la Directiva de Accesibilidad Web de la UE, que exige que todos los sitios web y aplicaciones móviles sean:

  1. Perceptibles. El contenido y los componentes de la interfaz de usuario deben mostrarse de forma perceptible para el usuario, lo que suele implicar la utilización de múltiples medios.
  2. Operables. Todo el mundo debe poder utilizar las interfaces digitales, y las personas lo hacen de distintas maneras. Por ejemplo, muchos utilizamos el ratón, pero otros navegan con el teclado.
  3. Comprensibles. Presentar la información digital de forma comprensible para el mayor número posible de usuarios.
  4. Robustos. En este caso, la robustez hace referencia a la compatibilidad de los controles y contenidos con el mayor número posible de agentes de usuario, especialmente tecnologías de apoyo como los lectores de pantalla.

Juntos, estos principios forman el acrónimo «POUR», (en inglés). Si le resulta familiar, es porque es el principio organizativo de las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web (WCAG, por sus siglas en inglés). Aunque la EAA no exige explícitamente conformidad con las WCAG 2.2 (ni con ninguna de las versiones anteriores de las pautas), es probable que un buen cumplimiento de las WCAG también se ajuste a la EAA.

¿Tiene dudas sobre cómo se aplican las WCAG a sus sistemas digitales? En nuestra sencilla Guía de accesibilidad web WCAG encontrará todo lo que necesita saber.

Diseño universal en la EAA

El otro requisito general mencionado en la EAA también puede resultar familiar a los profesionales del e-learning: el diseño universal o diseño para todas las personas. El punto 50 de la introducción de la EAA establece que:

Debe lograrse la accesibilidad a través de la supresión y evitación sistemáticas de las barreras, preferiblemente a través de un planteamiento de diseño universal o «diseño para todos», que contribuya a garantizar el acceso de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad con los demás.

El preámbulo de la Directiva 11/2023 expone que “[l]a accesibilidad universal presupone la estrategia de «diseño universal o diseño para todas las personas», y se entiende sin perjuicio de los ajustes razonables que deban adoptarse.” En este sentido, la Directiva afirma que”[l]a accesibilidad y el diseño universal deben interpretarse en consonancia con la observación general n.º 2 (2014) sobre el artículo 9 de la Convención Internacional, relativa a la accesibilidad, emitida por el Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) y define el diseño universal o «diseño para todas las personas» remitiéndose a la legislación española:

“[…] la directiva señala la preferencia para que se lleve a cabo a través de un planteamiento de diseño universal o «diseño para todas las personas», que se define en la legislación española como la actividad por la que se conciben o proyectan desde el origen, y siempre que ello sea posible, entornos, procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, programas, dispositivos o herramientas, de tal forma que puedan ser utilizados por todas las personas, en la mayor extensión posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El «diseño universal o diseño para todas las personas» no excluirá los productos de apoyo para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando lo necesiten.”

Por suerte, la organización educativa sin ánimo de lucro CAST ha trabajado mucho para adaptar las metodologías del diseño universal a un marco integral para la educación: Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA).

Obtenga más información sobre el DUA –y su papel en los entornos de e-learning– en nuestra completa introducción al Diseño Universal para el Aprendizaje.

¿Cómo dice la EAA que los profesionales del e-learning deben aplicar los principios POUR y el DUA? La Directiva proporciona algunos detalles.

Requisitos de accesibilidad de la EAA para proveedores de e-learning

El anexo I de la EAA incluye una larga lista de «requisitos de accesibilidad para productos y servicios», que incluye los textos electrónicos. Aplicados al ámbito del e-learning, estos requisitos incluyen (pero no se limitan a):

  • Presentar los contenidos de aprendizaje de forma que estén «disponibles a través de más de un canal sensorial». No puede limitarse a ofrecer a los alumnos texto en línea; también debe proporcionarles herramientas de lectura en voz alta (TTS) que les permitan escuchar si lo necesitan, o si simplemente tienen preferencia auditiva.
  • Utilizar «un tipo de letra de tamaño adecuado y forma conveniente… así como espaciado ajustable entre letras, líneas y párrafos». El uso de estas herramientas, por supuesto, puede variar de un usuario a otro; están comprendidas dentro de la definición de “productos de apoyo” y “ajustes razonables” nombradas en el preámbulo de la Directiva. La mejor práctica en este caso es dar a los usuarios la posibilidad de modificar ellos mismos la apariencia del texto.
  • «Garantizando que, cuando un libro electrónico contenga audio además de texto, proporcione texto y audio sincronizados.» En la sección IV del anexo I se ofrecen ejemplos relacionados con los requisitos adicionales de accesibilidad de servicios específicos y en este apartado se incluye «Facilitando que una persona con dislexia pueda leer y escuchar el texto al mismo tiempo.» Puede facilitar esta funcionalidad para cualquier texto digital, esté en formato de libro electrónico o no, proporcionando una herramienta TTS con resaltado de texto y voz simultáneos.
  • Tenga en cuenta que cuando la EAA menciona los libros electrónicos, no se refiere únicamente un formato de archivo que se lee en un lector electrónico. Los textos digitales o «textos electrónicos» dentro de un entorno de e-learning pueden quedar englobados fácilmente dentro de la definición de libros electrónicos de la Directiva, dado que cualquier tipo de contenido digital utilizado por los consumidores –como módulos de cursos o libros de texto en línea– puede interpretarse como material de libro electrónico.

    En consecuencia, las normas de la EAA sobre la oferta de formatos alternativos, la sincronización de audio y texto y la accesibilidad a la navegación se aplican tanto a los materiales de cursos en línea como a los libros electrónicos tradicionales.

    En cualquier caso, éstas son sólo algunas de las características de accesibilidad que los docentes deberían incluir en sus plataformas de e-learning. Pero el Anexo I del EEA también enumera algunos «criterios de rendimiento funcional» importantes. Están redactados para garantizar que los productos y servicios sean accesibles para personas con discapacidades específicas.

    Según la EAA, los productos y servicios –y, por tanto, los entornos de e-learning– deben estar diseñados para personas con:

    • Visión limitada o ceguera
    • Audición limitada o sordera
    • Falta de habla
    • Fuerza o alcance limitados
    • Fotosensibilidad
    • Discapacidades relacionadas con el aprendizaje o el desarrollo

    La EAA exige que los productos y servicios ofrezcan «como mínimo un modo de utilización» que no requiera un sentido concreto para funcionar. Por ejemplo, sus lecciones en línea no pueden basarse únicamente en la visión, la audición o la percepción de colores: los contenidos de aprendizaje deben aparecer en múltiples medios.

    Las herramientas de lectura en voz alta de ReadSpeaker logran este objetivo, ayudando a los proveedores de e-learning a cumplir con los requisitos de la EAA. Las herramientas TTS de ReadSpeaker se integran perfectamente en su LMS, plataforma de evaluación u otro entorno de aprendizaje digital.

    ReadSpeaker proporciona voces de IA naturales y realistas que permiten leer en voz alta cualquier texto, además de un conjunto de herramientas de lectura y escritura, como aumentar el tamaño del texto y ajustar el tamaño de la fuente.

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